Crédito de mediano y largo plazo en el cual el acreditado queda obligado a invertir el importe del crédito en: adquisición de aperos, instrumentos, útiles de labranza, abonos, ganados o animales de cría; en la realización de plantaciones o cultivos cíclicos o permanentes; en la apertura de tierras para cultivo, en la compra o instalación de maquinarias y en la construcción o realización de obras materiales necesarias para el fomento de la empresa del socio.
Crédito a corto plazo en el cual el acreditado queda obligado a invertir el importe del crédito precisamente en la adquisición de las materias primas y materiales y en el pago de los jornales, salarios y gastos directos de explotación indispensables para los fines de su empresa.
Financiamiento de corto plazo, utilizable para el fomento de la actividad económica de la empresa o capital de trabajo.